Sistemas fijos de lucha contra incendios — Componentes para sistemas de cese mediante agentes gaseosos — Parte 1: Requisitos y métodos de Entrenamiento para los dispositivos automáticos y eléctricos de control y retardo.
1. El Reglamento aceptado por el presente Verdadero decreto será de aplicación a los nuevos establecimientos industriales que se construyan o implanten a partir de su entrada en vigor. Los establecimientos industriales luego existentes con anticipación a la entrada en vigor del Reglamento ratificado por este real decreto no tendrán que adaptarse obligatoriamente a las nuevas exigencias, y continuarán rigiéndose por la reglamentación que les era de aplicación con anticipación, a excepción de en los aspectos indicados en los siguientes apartados.
5. Para seguimiento de los programas de mantenimiento de los equipos y sistemas de protección contra incendios, establecidos en las tablas I, II y III, se deberán elaborar unas actas que serán conformes con la serie de normas UNE 23580 y que contendrán como insignificante la información próximo:
Sistemas fijos de fin de incendios — Componentes para sistemas de terminación mediante agentes gaseosos — Parte 7: Requisitos y métodos de Entrenamiento para difusores para sistemas de CO2.
1. En los establecimientos y zonas de uso industrial que se encuentran Internamente del ámbito de aplicación del Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales, aprobado por Verdadero Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, la instalación de los equipos y sistemas de protección contra incendios incluidos en el presente Reglamento requerirá la presentación de un plan o documentación técnica, delante los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el citado Reglamento.
Estos sistemas solo serán utilizables cuando quede garantizada la seguridad o la defecación del personal.
A condición de que no confluyan en ninguno de estos casos zonas o locales de aventura particular parada, con empresa certificada independencia de la función inspectora asignada a los servicios competentes en materia de empresa certificada industria de la Comunidad Autónoma y de las operaciones de mantenimiento previstas en este Reglamento.
1. Para poder desempeñar las funciones de empresa mantenedora, la empresa deberá cumplir los siguientes requisitos:
Asimismo, quedan excluidas aquellas partes de las instalaciones de protección contra incendios de las instalaciones red contra incendios colombia nucleares que, por su relación con el riesgo nuclear y/o radiológico, se encuentren sometidas a los requisitos específicos de vigilancia y mantenimiento establecidos en el documento «Especificaciones Técnicas de Funcionamiento», «Manual de Requisitos de Operación» o documento equivalente, que se recogen en sus correspondientes Permisos de Explotación, o en otros documentos que pudieran derivarse de éste y cuya vigilancia de cumplimiento corresponde al Consejo de Seguridad Nuclear.
En el caso de extintores, la entidad de certificación acreditada deberá tener en cuenta los requisitos adicionales recogidos en la norma UNE 23120 sobre «Mantenimiento de extintores de incendios.»
f) Empresa instaladora: entidad que, siguiendo las indicaciones del esquema o de la documentación técnica y cumpliendo las condiciones establecidas en este Reglamento, realiza una o empresa certificada varias de las siguientes actividades:
Las modificaciones introducidas por las disposiciones finales tercera, cuarta, casa de campo y sexta serán de aplicación obligatoria a los seis meses de la entrada en vigor del presente Efectivo decreto.
A partir de la fecha de timbrado del extintor (y por tres veces) se procederá al retimbrado del mismo de acuerdo a lo establecido en el anexo III del Reglamento de Equipos a Presión.
TuberíFigura y válvulas: El sistema de tuberíCampeón distribuye el agua desde las bombas hasta los puntos de salida, como hidrantes, Servicio rociadores y mangueras. Las válvulas de control permiten aislar y manipular el flujo de agua en diferentes secciones del sistema.